El año fiscal de un autónomo, mes a mes
Si estás en régimen general de IVA y en estimación directa, que es lo más habitual al empezar, tu año queda así:
- Enero: cuarto trimestre del año anterior. Modelos 111 y 115 hasta el día 20; 303, 130 y 390 hasta el 30; resúmenes 190 y 180 hasta finales de mes.
- Febrero: modelo 347, si superaste 3.005,06 € con algún cliente o proveedor.
- Abril: primer trimestre, del 1 al 20. Empieza también la campaña de la renta.
- Junio: fin de la campaña de la renta, a finales de mes.
- Julio: segundo trimestre, del 1 al 20.
- Octubre: tercer trimestre, del 1 al 20.
Los meses que no salen aquí no tienes nada que presentar, salvo que hagas operaciones con otros países de la Unión Europea. En ese caso añade el modelo 349, con los mismos plazos que el 303.
Cuánto dinero tienes que guardar
El error típico del primer año es gastarse el IVA. El IVA que cobras en tus facturas no es tuyo: lo guardas unas semanas y se lo das a Hacienda en el 303. Lo mismo pasa con el 20 % de tu beneficio, que adelantas en el 130.
Una regla sencilla: separa en otra cuenta el IVA de cada factura que cobras y una quinta parte de lo que te queda de beneficio. En abril, julio, octubre y enero ese dinero ya está apartado.
Lo que cambia en una compraventa de coches
- IVA siempre trimestral. Los vehículos están excluidos del recargo de equivalencia, así que, aunque vendas a particulares, presentas el 303.
- REBU en los usados. El IVA de cada coche usado comprado a un particular se calcula sobre tu margen, no sobre el precio de venta. Lleva un control coche a coche: precio de compra, precio de venta y margen.
- 347 largo. Casi cada venta supera el umbral, así que conviene tener los datos fiscales de cada comprador desde el primer día.
Para que tus facturas cuadren con todo esto, mira cómo hacer una factura correcta.