Por qué existe el REBU
Cuando compras un coche a un particular, él no te cobra IVA. Si al revenderlo pagaras IVA sobre todo el precio, el Estado cobraría IVA dos veces sobre un coche que ya lo pagó cuando era nuevo. El REBU lo evita: solo tributa lo que añades tú, tu margen.
REBU o régimen general: cuándo conviene cada uno
- Coche comprado a un particular y vendido a un particular: REBU, casi siempre. Pagas IVA solo sobre el margen.
- Coche comprado a un particular y vendido a una empresa que quiere deducir el IVA: puedes renunciar al REBU en esa venta. Pagas IVA sobre todo el precio, pero el cliente lo recupera, así que su coste real es menor.
- Coche comprado a una empresa con IVA: régimen general. Te deduces el IVA de la compra y repercutes IVA sobre todo el precio de venta.
- Coche con reparaciones que superan su precio de compra: régimen general, porque ya no es un bien usado a efectos del IVA.
Las ventas por REBU se incluyen en tu declaración trimestral del IVA como el resto, y la compra de esos coches a particulares suele ir con la exención del ITP para compraventas.