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Calculadora del Impuesto de Sociedades 2026

La sociedad

Las ventas del año anterior. Decide si eres microempresa (menos de 1 millón) o de reducida dimensión (menos de 10). Si la sociedad es de un grupo, la del grupo entero.

Más de la mitad de su activo son valores o bienes que no se usan en una actividad económica, como un piso alquilado sin empleado.

El resultado del ejercicio

Beneficio o pérdida de la cuenta de resultados, antes del gasto por Impuesto de Sociedades. Si es pérdida, con signo menos.

Multas, sanciones, recargos, donativos y el propio Impuesto de Sociedades si lo has contabilizado.

Comidas, regalos y detalles con clientes. Son deducibles hasta el 1 % de la cifra de negocios del ejercicio.

Solo para calcular ese límite del 1 %.

Reducciones

Para la reserva de capitalización: cuánto han crecido los fondos propios sin contar el resultado de este año. Si no lo sabes, déjalo vacío.

Pérdidas fiscales de años anteriores sin compensar. Vienen en los modelos 200 anteriores.

Pagos a cuenta

Por ejemplo, de intereses bancarios o de alquileres que cobra la sociedad.

Lo pagado en los modelos 202 de abril, octubre y diciembre.

Cálculo orientativo con la Ley 27/2014. La cifra que vale es la de Sociedades WEB con la contabilidad cerrada. No se guarda nada y no se envía nada a ningún sitio.

A ingresar en el modelo 200

0,00 €

Sin base imponible positiva, no hay cuota.

Microempresa (cifra de negocios del ejercicio anterior inferior a 1 millón): 19 % por los primeros 50.000 € de base y 21 % por el resto, según la escala transitoria de la Ley 7/2024.

  • Resultado contable antes de impuestos0,00 €
  • Base imponible previa0,00 €
  • Base imponible0,00 €
  • Cuota íntegra0,00 €

Sin cuota que pagar, en la modalidad normal no hay pagos fraccionados en el ciclo siguiente, y no hace falta presentar el modelo 202 si no sale nada a ingresar.

Los tipos, año por año

La Ley 7/2024 rebajó el impuesto de las empresas pequeñas por etapas. La cifra de negocios que cuenta es la del ejercicio anterior:

  • Microempresa, menos de 1 millón: 21 % y 22 % en 2025; 19 % y 21 % en 2026; 17 % y 20 % desde 2027. El tipo más bajo se aplica a los primeros 50.000 € de base.
  • Reducida dimensión, menos de 10 millones: 24 % en 2025, 23 % en 2026, 22 % en 2027, 21 % en 2028 y 20 % después.
  • Nueva creación: 15 % en los dos primeros ejercicios con beneficio.
  • Resto, y sociedades patrimoniales: 25 %.

Lo que esta calculadora no hace

No calcula deducciones (por I+D, por donativos y otras), operaciones vinculadas, grupos fiscales ni las reglas de las empresas de 20 millones o más. Si estás en uno de esos casos, te lo dice en vez de darte una cifra que no cuadre. La cifra que vale es siempre la de Sociedades WEB con la contabilidad cerrada.

Los plazos, cómo se presenta y qué se olvida están en la guía del Impuesto de Sociedades, modelos 200 y 202.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo paga una SL pequeña en 2026?

Si su cifra de negocios del ejercicio anterior fue inferior a 1 millón de euros, en los periodos que empiezan en 2026 paga el 19 % por los primeros 50.000 € de base imponible y el 21 % por el resto. Si fue inferior a 10 millones, el 23 %. Es la escala transitoria que añadió la Ley 7/2024 a la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

¿Y una sociedad recién creada?

El 15 % en el primer ejercicio con base imponible positiva y en el siguiente, siempre que realice una actividad económica y no sea patrimonial. No se aplica si la actividad la ejercía el año anterior un socio persona física con más del 50 % de la sociedad, ni si viene de una persona o empresa vinculada.

¿Cómo se calcula el pago fraccionado del modelo 202?

En la modalidad normal, cada pago es el 18 % de la cuota íntegra del último modelo 200 cuyo plazo ya hubiera vencido, menos deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta. Si no sale nada a ingresar, no hace falta presentarlo, salvo que la sociedad facture más de 6 millones.

¿Qué es la reserva de capitalización?

Una reducción de la base imponible del 20 % del aumento de los fondos propios del año, con el límite del 20 % de la base, o del 25 % si la cifra de negocios es inferior a 1 millón. A cambio hay que mantener ese aumento tres años y dotar una reserva indisponible por el importe de la reducción.

¿Cuánto puedo compensar de pérdidas de años anteriores?

Hasta el 70 % de la base imponible previa, pero en todo caso hasta 1 millón de euros, así que una pyme puede compensar casi siempre todo lo que tenga pendiente. Una sociedad de nueva creación no tiene ese límite en sus tres primeros ejercicios con base positiva.

¿Se envían mis datos a algún sitio?

No. El cálculo se hace entero en tu navegador y no viaja nada a ningún servidor. Esta herramienta ni siquiera guarda un borrador en tu equipo.

Esta guía es información general con fines divulgativos, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Los procedimientos administrativos cambian y pueden variar según tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento. Consulta siempre los enlaces oficiales y, si tu caso es particular, acude a un profesional.