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Pasar de autónomo a SL: cuándo compensa y cómo se hace

La cuenta no es solo IRPF contra Impuesto de Sociedades: el autónomo societario cotiza como mínimo unos 449 € al mes en 2026, la SL tiene costes fijos y, si sigue tu misma actividad, pierde el 15 % de nueva creación. Cómo hacer la cuenta, qué pasa a la sociedad y en qué orden.

Actualizado el Por Fredi BaquésOrganismo: Agencia Tributaria

Antes de empezar

  • Tener una idea clara de tu beneficio anual como autónomo, es decir, ingresos menos gastos, y de cuánto necesitas sacar al año para vivir. Sin esas dos cifras no hay forma de saber si compensa.
  • Saber si llevas la contabilidad según el Código de Comercio o solo los libros registro del IRPF. Cambia lo que cuesta aportar tu negocio a la sociedad.
  • Tu certificado digital personal, para los trámites de alta y baja.

Qué necesitas

  • Declaraciones de la renta y modelos trimestrales del último año

    Para conocer tu beneficio real y tu tipo marginal de IRPF.

    Dónde se consigue: En la sede de la Agencia Tributaria.

  • Inventario de lo que pasaría a la sociedad

    Local, vehículos, maquinaria, existencias, marca, dominio, contratos y trabajadores.

  • Lo necesario para constituir la SL

    Certificación de denominación, estatutos, capital y el resto de documentos de la constitución.

    Dónde se consigue: Explicado en cómo constituir una sociedad limitada.

Esta guía también es una skill

Hazlo con tu IA

Tu asistente de IA (Claude, ChatGPT u otro) puede leer esta guía y hacer el trámite contigo: te pregunta lo que necesita, te prepara los documentos y te dice qué firmar y dónde presentarlo.

Te prepara: comparativa orientativa autónomo o sl, checklist del paso de autónomo a sl.

Pega esto en tu chat

Lee https://oktramite.com/skills/pasar-de-autonomo-a-sociedad-limitada/skill-completa.md y sigue sus instrucciones para ayudarme con este trámite: pasar de autónomo a sl.

Descargar para Claude

En Claude puedes instalarla: sube el zip en los ajustes, en el apartado de skills, y la usará sola cada vez que hables de este trámite. También puedes ver los ficheros de la skill.

La skill es solo texto: no lleva programas que se ejecuten en tu equipo. Tu asistente prepara; firmar y presentar lo haces tú. No le des nunca tu certificado digital ni tus contraseñas.

Paso a paso

  1. Haz la cuenta completa, no solo la de los impuestos

    La comparación habitual, tu IRPF marginal contra el tipo del Impuesto de Sociedades, se deja fuera la mitad de los costes. La cuenta buena tiene cuatro partes:

    • Impuestos sobre el beneficio: tu tipo marginal de IRPF frente al Impuesto de Sociedades. En 2026, una SL que factura menos de un millón paga el 19 % por los primeros 50.000 € y el 21 % por el resto. La parte estatal del IRPF llega al 18,5 % entre 35.200 € y 60.000 €, y a eso se suma la autonómica de tu comunidad.
    • Lo que sacas de la sociedad: el sueldo de administrador tributa en tu IRPF, y los dividendos, en la base del ahorro, del 19 % al 30 %. El dinero solo paga menos mientras se queda dentro de la SL.
    • Tu cotización: como autónomo societario, tu base mínima es la del grupo 7 del Régimen General, 1.424,40 € al mes en 2026. Con los tipos de 2026, eso son unos 449 € al mes como mínimo, frente a los 205,88 € del tramo más bajo de un autónomo persona física.
    • Los costes fijos de la SL: gestoría, depósito de cuentas cada año, certificado de representante y la propia constitución.
    Bases y tipos de cotización de 2026 (Orden PJC/297/2026)
  2. No cuentes con el 15 % de nueva creación

    Las sociedades nuevas pagan el 15 % los dos primeros años con beneficio, pero la ley lo excluye justo en tu caso: no se considera nueva una actividad que el año anterior ejercía una persona física con más del 50 % de la sociedad (artículo 29.1 de la Ley 27/2014).

    • Si la SL continúa tu negocio de autónomo y tienes más de la mitad, tributa desde el principio al tipo que le toque por tamaño.
    • Tampoco vale si la actividad se la transmite una persona o empresa vinculada.
    Artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
  3. Decide si aportas tu negocio o empiezas de cero

    Hay dos maneras de pasar a la SL, con consecuencias distintas:

    • Empezar de cero: constituyes la SL con dinero, y la sociedad compra o alquila lo que necesite. Es lo más sencillo.
    • Aportar el negocio: entregas a la sociedad tus bienes afectos (local, vehículo, maquinaria) a cambio de participaciones. Para ti es como venderlos: si valen más que lo que figura en tus libros, aparece una ganancia en tu IRPF.
    • Esa ganancia se puede diferir con el régimen especial de aportaciones no dinerarias, pero solo si llevas la contabilidad de esa actividad según el Código de Comercio y quedas con al menos el 5 % de la sociedad (artículo 87 de la Ley 27/2014). Con los libros registro del IRPF, que es lo habitual en un autónomo, no se puede aplicar.
    • Si lo que aportas es el negocio entero, capaz de funcionar por sí mismo, la operación no lleva IVA (artículo 7.1 de la ley del IVA).
    Artículo 87 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
  4. Constituye la sociedad

    La constitución es la misma que la de cualquier SL: denominación, estatutos, capital, escritura, inscripción y NIF. Si aportas bienes, se describen y valoran en la escritura.

  5. Cambia tu encuadre en la Seguridad Social

    Si tienes el control de la sociedad y trabajas en ella, sigues en el RETA, pero como autónomo societario. Se da siempre que tienes al menos la mitad del capital, y la ley lo presume cuando tienes un tercio, o un cuarto si además haces funciones de dirección y gerencia, o cuando la mitad del capital está en manos de familiares con los que convives (artículo 305.2.b de la Ley General de la Seguridad Social).

    • Tu base mínima pasa a ser la del grupo 7 del Régimen General: 1.424,40 € al mes en 2026.
    • Para calcular tus rendimientos se cuentan tu sueldo de la sociedad y los dividendos que te paga, con una deducción por gastos genéricos del 3 %, no del 7 %.
    • Si nunca habías estado de alta o llevas tiempo sin estarlo, mira si te toca la tarifa plana en la guía de alta de autónomo.
    Artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social
  6. Pasa a la sociedad trabajadores, local y contratos

    Desde el día del cambio, la que trabaja es la SL. Todo lo que estaba a tu nombre tiene que pasar a ella:

    • Trabajadores: la SL se subroga en sus contratos, con su antigüedad y sus derechos (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores). Necesitará su propio código de cuenta de cotización.
    • Local: comunica al ayuntamiento el cambio de titularidad de la licencia o de la declaración responsable. Lo explica la guía de licencia de actividad.
    • Clientes y proveedores: avísales de que a partir de esa fecha facturará la sociedad, con su NIF.
    • Banco, TPV, seguros, suministros, dominio y marca: a nombre de la sociedad.
    Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores
  7. Cierra tu actividad como persona física

    Cuando ya factura la sociedad, da de baja tu actividad de autónomo en Hacienda con el modelo 036, o modifícala si mantienes alguna actividad por tu cuenta.

    • Presenta las últimas declaraciones de esa actividad: IVA y pagos fraccionados del trimestre del cambio y los resúmenes anuales del año.
    • Tu renta de ese año tendrá dos partes: lo que ganaste como autónomo hasta el cambio y lo que cobres de la sociedad después.
    Modelo 036 en la sede de la Agencia Tributaria

Por qué casi todas las comparativas salen demasiado optimistas

La mayoría de cálculos que circulan comparan tu tipo marginal de IRPF con el 25 % del Impuesto de Sociedades, ven una diferencia de quince o veinte puntos y concluyen que la SL es un chollo. Se dejan fuera tres cosas que en una sociedad pequeña pesan mucho:

  • El dinero hay que sacarlo. El beneficio de la SL no es tuyo hasta que te lo pagas, como sueldo, que vuelve a tu IRPF, o como dividendo, que tributa entre el 19 % y el 30 %. La ventaja fiscal está en lo que se queda dentro.
  • La cuota sube. Como autónomo societario, tu base mínima en 2026 es de 1.424,40 € al mes, unos 449 € de cuota. Si ahora estás en un tramo bajo, solo eso son varios miles de euros al año.
  • El 15 % de nueva creación no es para ti si la SL continúa tu actividad y tienes más de la mitad.

Súmale gestoría, cuentas anuales y certificado de representante, y el punto en que compensa cambiar sube bastante respecto a lo que promete la comparativa rápida.

Cuándo sí tiene sentido

  • Ganas bastante más de lo que necesitas para vivir y quieres reinvertir en el negocio.
  • Quieres limitar tu responsabilidad: en una SL, las deudas del negocio son de la sociedad, no tuyas, salvo que las avales o haya responsabilidad del administrador.
  • Vas a entrar con socios o a buscar financiación.
  • Tus clientes, sobre todo empresas grandes o administraciones, prefieren contratar con una sociedad.

El orden importa

Primero constituyes la SL, después la das de alta y cambias tu encuadre en la Seguridad Social, luego pasas trabajadores, local y contratos, y solo al final das de baja tu actividad como persona física. Si lo haces al revés, quedas unos días sin poder facturar o con dos negocios abiertos a la vez sin querer.

Preguntas frecuentes

¿A partir de cuánto beneficio compensa pasar a SL?
No hay una cifra única: depende de tu comunidad, de lo que necesites sacar para vivir y de lo que cueste mantener la sociedad. Lo que sí se puede decir es que compensa cuando dejas dentro de la SL una parte relevante del beneficio, porque solo ese dinero tributa al tipo de sociedades. Si lo sacas casi todo como sueldo o dividendos, la diferencia se reduce mucho y los costes fijos, como la cuota mínima de unos 449 € al mes del autónomo societario en 2026, pueden hacer que salga peor.
¿Tengo que seguir pagando autónomos si tengo una SL?
Si controlas la sociedad y trabajas en ella, sí, como autónomo societario. Se da siempre con la mitad del capital, y la ley lo presume con un tercio, o con un cuarto si además diriges la sociedad. Tu base mínima en 2026 es de 1.424,40 € al mes.
¿Mi SL nueva puede tributar al 15 %?
Si continúa la actividad que ejercías tú como autónomo el año anterior y tienes más del 50 % de la sociedad, no. La ley excluye expresamente ese caso del tipo reducido de nueva creación.
¿Puedo pasar a la SL mi coche o mi local sin pagar impuestos?
Aportarlos a la sociedad cuenta como transmitirlos. Si valen más que lo que figuran en tus libros, tienes una ganancia en el IRPF. Se puede diferir con el régimen especial de aportaciones no dinerarias si llevas la contabilidad según el Código de Comercio. Si aportas el negocio entero como unidad que funciona por sí misma, no hay IVA.
¿Qué pasa con mis trabajadores?
Pasan a la sociedad con sus contratos, su antigüedad y sus derechos: es una sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. No hay que despedirlos ni volver a contratarlos.
¿Puedo seguir siendo autónomo y tener la SL a la vez?
Sí, si mantienes alguna actividad propia distinta de la de la sociedad. En ese caso no das de baja tu actividad en el 036, sino que la modificas, y en la Seguridad Social sigues con una sola alta en el RETA.

Enlaces oficiales

Comprueba siempre la fuente original: los procedimientos cambian.

Base legal